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11 oct 2011

Los afectados por el fallo de BlackBerry podrán reclamar ante las operadoras

Si fuiste uno de los afectados por la caída del servicio sufrida ayer en BlackBerry debes saber que tienes derecho a reclamar. ¿Cómo y dónde? Te lo explicamos.



Tras el fallo en el suministro de internet que ayer tuvo BlackBerry en Europa, Oriente Medio y África, que dejó sin servicio a millones de clientes, muchos de ellos se encuentran hoy perdidos sin saber dónde o cómo reclamar.
 La primera de las dudas que surge entre los usuarios es la de cómo pueden llevar a cabo su queja, y sobre todo, ante quién tienen que interponerla. La respuesta a esta pregunta es sencilla: la reclamación tiene que ir dirigida a tu operador de telefonía (MOVISTAR, ORANGE, VODAFONE, YOIGO...)
Otra de las dudas que se presentan es qué derechos se tienen como usuario. Es frecuente que los clientes no sepan que tienen derecho a una indemnización por una interrupción del servicio de estas características. La cuantía de la misma depende de muchos factores que van desde las razones por las que se ha interrumpido el servicio hasta el uso que cada uno haga de su dispositivo. No es lo mismo que el servicio se haya caído por un fallo informático o una caída de un servidor a que sea debido a un ataque informático o un incendio. En cuanto al uso del dispositivo es posible que sea necesario demostrar qué tipo de perjuicios ha supuesto este problema.

Por último es necesario saber que las operadoras, posiblemente, tratarán de evadir la responsabilidad obviando el fallo del servicio pero la situación es clara en este sentido. BlackBerry emitió un comunicado tras la interrupción en el que decía "Estamos trabajando para resolver una incidencia que afecta ahora mismo a algunos usuarios de smartphones BlackBerry en EMEA (Europa, Oriente Medio y África). Estamos investigando y pedimos disculpas a nuestros clientes por las molestias ocasionadas mientras resolvemos la incidencia". De esta forma que queda reconocido y admitido el fallo. Para proceder correctamente será necesario abrir una indicencia con la compañía telefónica de la que se debe guardar un número de registro.
Exiten vías alternativas por las que proceder como las oficinas municipales de consumo (o los organismos competentes en cada Comunidad) u organizaciones de consumidores a través de las que se orientará al usuario.


Fuente: www.antenta3.com

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