El Juzgado de lo Penal número 23 de Madrid ha dictado una sentencia
en la que condena por un delito contra la propiedad intelectual a un año
de prisión y a una multa de 2.500 euros a cada uno de los dos
propietarios de una tienda que se dedicaban a instalar chips en las
consolas de videojuegos para desactivar los sistemas de protección de
las mismas y poder así reproducir videojuegos no originales, según la
sentencia a la que ha tenido acceso este diario.El fallo,
notificado a las partes el pasado 23 de febrero, condena también a dos
de los propietarios del local Game Service, de Madrid, por comercializar
copias no originales de videojuegos para las consolas piratas, que
vendían por teléfono e Internet y en la propia tienda. La denuncia fue
interpuesta por la Asociación Española de Distribuidores y Editores de
Software de Entretenimiento (Adese), la patronal del sector de
videojuegos.La sentencia, contra la que cabe recurso ante la
Audiencia Provincial, también condena a los sentenciados al pago de una
indemnización a Adese por el beneficio dejado de obtener por cada una de
las compañías asociadas a la misma por la no venta de un título
original de los títulos que poseían los acusados. Adese, que solicitó en
el juicio una indemnización de 31.375 euros, deberá probar ahora los
perjuicios ocasionados aportando la documentación pertinente antes de
que se fije la indemnización definitiva. Una tercera imputada ha quedado
absuelta de todos los cargos. Los dos condenados no irán a la cárcel al
no tener antecedentes penales.
Los condenados –Fernando López y Javier Rojas, ambos de nacionalidad española-, anunciaban el crackeo de las consolas a través de la página web gameservice.galeon.com. En otra página web ofertaban la copia de videojuegos piratas para las consolas Play Station2 y para Xbox, ya crakeadas, y los vendían a 3 euros en CD y a 8 euros el DVD. Una vez realizado el pedido a través e la página www.modgames.ya.st procedían a duplicar los videojuegos.
Aunque el juicio oral se celebró el pasado mes de enero, el origen de los hechos está en una intervención policial que tuvo lugar en mayo de 2004, en la que se incautó en local un total de 1.287 copias de juegos no originales y tres ordenadores con doce bocas de grabación, así como material para el crackeo de consolas.
Según el fallo, al que ha tenido este diario, los chips para crackear las consolas, vulneran el artículo 270 del Código Penal al tratarse de un “medio específicamente destinado a facilitar la supresión no autorizada o la neutralización de cualquier dispositivo técnico que se haya utilizada por proteger programas de ordenador o cualquiera de las otras obras”.
En este sentido, el juez acepta, como argumenta la defensa, que los dispositivos permiten no solo utilizar videojuegos no originales sino que también pueden transformar la consola en un lector multimedia. Pero precisa que “sería contrario a la lógica que la venta o tenencia de chips de desprotección, sin otra utilidad adicional, fuera constitutiva de delito y no lo fuera, en cambio, la conducta de quien se ha probado que tiene o distribuye otro tipo de chips con idéntica finalidad de desprotección por el hecho de que, además, puedan reportar alguna otra utilidad adicional”.La sentencia también recalca el ánimo de lucro de los condenados. “Una cosa es que un usuario pueda realizar o no una copia de seguridad de un videojuego […] y otra, por completo distinta, que actuándose en forma profesional, con ánimo de lucro, sin autorización alguna de los titulares de derechos de gestión de la marca, pueda desprotegerse la consola”.
El fallo se producía justo unos días antes de que entrara en vigor la llamada ley Sinde contra las páginas web y de enlaces que facilitan las descargas de contenidos sin autorización entre ellos, películas y música, aunque se trata de un procedimiento penal ordinario que nada tiene que ver con la nueva legislación.
Ya son varias las sentencias de prisión en España por piratear y manipular videoconsolas.La última del juzgado de lo Penal Nº 1 de Jerez de la Frontera, dictada el pasado 15 de diciembre, que condenaba a seis meses de prisión al acusado tras la denuncia presentada también por Adese. Como ocurre en todos estos casos, la jurisprudencia es contradictoria porque hay otras sentencias que señalan que a tenencia de chips para manipular videoconsolas no es un delito, como la dictada en enero de 2011 por el juzgado de lo Penal número 27 de Barcelona.
Los condenados –Fernando López y Javier Rojas, ambos de nacionalidad española-, anunciaban el crackeo de las consolas a través de la página web gameservice.galeon.com. En otra página web ofertaban la copia de videojuegos piratas para las consolas Play Station2 y para Xbox, ya crakeadas, y los vendían a 3 euros en CD y a 8 euros el DVD. Una vez realizado el pedido a través e la página www.modgames.ya.st procedían a duplicar los videojuegos.
Aunque el juicio oral se celebró el pasado mes de enero, el origen de los hechos está en una intervención policial que tuvo lugar en mayo de 2004, en la que se incautó en local un total de 1.287 copias de juegos no originales y tres ordenadores con doce bocas de grabación, así como material para el crackeo de consolas.
Según el fallo, al que ha tenido este diario, los chips para crackear las consolas, vulneran el artículo 270 del Código Penal al tratarse de un “medio específicamente destinado a facilitar la supresión no autorizada o la neutralización de cualquier dispositivo técnico que se haya utilizada por proteger programas de ordenador o cualquiera de las otras obras”.
En este sentido, el juez acepta, como argumenta la defensa, que los dispositivos permiten no solo utilizar videojuegos no originales sino que también pueden transformar la consola en un lector multimedia. Pero precisa que “sería contrario a la lógica que la venta o tenencia de chips de desprotección, sin otra utilidad adicional, fuera constitutiva de delito y no lo fuera, en cambio, la conducta de quien se ha probado que tiene o distribuye otro tipo de chips con idéntica finalidad de desprotección por el hecho de que, además, puedan reportar alguna otra utilidad adicional”.La sentencia también recalca el ánimo de lucro de los condenados. “Una cosa es que un usuario pueda realizar o no una copia de seguridad de un videojuego […] y otra, por completo distinta, que actuándose en forma profesional, con ánimo de lucro, sin autorización alguna de los titulares de derechos de gestión de la marca, pueda desprotegerse la consola”.
El fallo se producía justo unos días antes de que entrara en vigor la llamada ley Sinde contra las páginas web y de enlaces que facilitan las descargas de contenidos sin autorización entre ellos, películas y música, aunque se trata de un procedimiento penal ordinario que nada tiene que ver con la nueva legislación.
Ya son varias las sentencias de prisión en España por piratear y manipular videoconsolas.La última del juzgado de lo Penal Nº 1 de Jerez de la Frontera, dictada el pasado 15 de diciembre, que condenaba a seis meses de prisión al acusado tras la denuncia presentada también por Adese. Como ocurre en todos estos casos, la jurisprudencia es contradictoria porque hay otras sentencias que señalan que a tenencia de chips para manipular videoconsolas no es un delito, como la dictada en enero de 2011 por el juzgado de lo Penal número 27 de Barcelona.
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